Las nuevas normas del reglamento de aplicación entrarán en vigor el 5 de enero de 2025, y los países de la UE deberán informar sobre sus prácticas nacionales a la Comisión Europea antes del 5 de julio de 2025
El objetivo de que los países de la UE puedan seguir un enfoque coherente y comparable para informar sobre sus respectivas prácticas nacionales, en relación a las normas de la UE
Ya está disponible el documento de la Comisión Europea: ‘Interoperabilidad de datos de medición y consumo de electricidad. Orientaciones para la notificación de prácticas nacionales de conformidad con el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1162 de la Comisión’, con el objetivo de que los países de la UE puedan seguir un enfoque coherente y comparable para informar sobre sus respectivas prácticas nacionales, en relación a las normas de la UE que prevén un nuevo repositorio de interoperabilidad de los datos de medición de la electricidad en 2025. Este enfoque persigue agilizar el proceso de adaptación y garantizar la uniformidad de los países miembro.
Plan de Acción para la Digitalización
Como parte del Plan de Acción para la Digitalización del sector energético de la Comisión Europea, el repositorio de interoperabilidad de los datos de medición y consumo de la electricidad facilitará a los proveedores de electricidad y a las empresas innovadoras de servicios energéticos operar en el mercado interior de la electricidad. Así, se promoverá la competencia en el mercado minorista y se evitarán costes administrativos excesivos.
Además, fomentará la innovación en los servicios energéticos, en particular en materia de eficiencia energética y energías renovables, y forma parte del compromiso de la Comisión Europea con un panorama energético más centrado en el consumidor, descarbonizado, descentralizado y digitalizado.
Interoperabilidad de datos de medición y consumo de electricidad
El documento de orientación estaba previsto en el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1162, adoptado el año pasado para garantizar la interoperabilidad de los sistemas nacionales para que los participantes del mercado accedan a los datos de medición y consumo de electricidad de sus clientes. De acuerdo con el artículo 10 de dicho Reglamento, los países de la UE están obligados a realizar y mantener un registro actualizado de sus respectivas prácticas a nivel nacional.
Los países de la UE informarán sobre la aplicación nacional de las normas técnicas específicas a través del modelo de la guía de forma coherente y comparable, mejorando así la usabilidad del repositorio donde se almacena la información. Esto ayudará a mejorar la transparencia, la confianza, la eficiencia y la previsibilidad en los intercambios de datos, reduciendo así las barreras para los nuevos participantes en el mercado.
Con la implantación del acceso interoperable a los datos, a los agentes del mercado eléctrico les resultará más fácil operar con éxito en toda Europa. De este modo, se ofrecerá a los clientes europeos una elección más amplia, nuevas ofertas atractivas y más oportunidades de participar en la transición energética.
Las nuevas normas del reglamento de aplicación entrarán en vigor el 5 de enero de 2025, y los países de la UE deberán informar sobre sus prácticas nacionales a la Comisión Europea antes del 5 de julio de 2025.
Accede al documento en el siguiente ENLACE
European Commission, Directorate-General for Energy, Electricity metering and consumption data interoperability – Guidance for the reporting of national practices in accordance with Commission Implementing Regulation (EU) 2023/1162, Publications Office of the European Union, 2024, https://data.europa.eu/doi/10.2833/34389