Una mayor ambición "supondrá dar un impulso a nuestra independencia energética, el fortalecimiento de nuestra industria, la creacción de conocimiento y el crecimiento económico", sostiene la ministra Teresa Ribera.
Tras el acuerdo alcanzado el 27 de junio por el Consejo Europeo de Energía con relación a las modificaciones de la Directiva de eficiencia energética y la Directiva de renovables recogidas en el paquete de medidas "Fit for 55", se incrementará la ambición europea para 2030.
Revisión de la Directiva de eficiencia energética
El Consejo ha acordado reducir el consumo de energía a escala de la UE de aquí a 2030, en un 36 % para el consumo de energía final y en un 39 % para el consumo de energía primaria. Se utilizará una nueva base de referencia, es decir, se trataría de un objetivo de reducción del 9 % con respecto a 2020.
España considera que "está totalmente justificado el aumento de ambición tal y como aparece recogido en el paquete REPowerEU, más todavía en este contexto tan sensible, tan complicado".
El Consejo ha decidido que todos los Estados miembros contribuyan a alcanzar estos objetivos mediante contribuciones y trayectorias nacionales indicativas, establecidas por los Estados miembros en sus planes nacionales integrados de energía y clima (PNIEC), que deberán actualizarse en 2023 y en 2024.
La Comisión calculará si la suma de todas las contribuciones permite alcanzar el objetivo del 9 % y, de no ser así, comunicará correcciones de aquellas contribuciones nacionales que sean inferiores a las que se habrían derivado de la aplicación de la fórmula. que se basa, entre otras cosas, en la intensidad energética, el PIB per cápita, el desarrollo de las energías renovables y el potencial de ahorro energético.
Además, el Consejo también ha acordado un aumento gradual del objetivo de ahorro energético para el consumo de energía final. Los Estados miembros garantizarían un ahorro del 1,1 % del consumo anual de energía final a partir del 1 de enero de 2024, del 1,3 % a partir del 1 de enero de 2026, y del 1,5 % entre el 1 de enero de 2028 y el 31 de diciembre de 2030, con la posibilidad de transferir al periodo siguiente un máximo del 10 % del exceso de ahorro realizado.
El sector público tendrá la obligación específica de lograr una reducción anual del consumo de energía del 1,7 % , objetivo que será vinculante cuatro años después de la entrada en vigor del Reglamento, y su aplicación sería gradual, empezando por los municipios de mayor tamaño. Los Estados miembros tendrán, además, que renovar cada año al menos el 3 % de la superficie total de los edificios propiedad de organismos públicos.
Una parte proporcional del ahorro de energía en los Estados miembros se destinará a la protección de los consumidores vulnerables.
También se añade una disposición sobre la transparencia del consumo energético de los centros de datos: estos centros deberán publicar cada año, a partir de 2024, información sobre su consumo energético. Para ello, la Comisión creará una base de datos pública de la UE que recopile esta información.
Revisión de la Directiva de energías renovables
España respalda igualmente que el objetivo de energías renovables se eleve hasta el 40% del consumo energético de la UE en 2030 como "la manera de garantizar sistemas autóctonos, asequibles y seguros que protegen a los consumidores".
El objetivo actual europeo se situaba en una proporción mínima del 32%. Los Estados miembros tendrán que aumentar también las contribuciones nacionales establecidas en sus PNIECs
Se ha acordado un aumento gradual de los objetivos en materia de energías renovables para la calefacción y la refrigeración, con un aumento vinculante del 0,8 % anual a escala nacional hasta 2026 y del 1,1 % de 2026 a 2030.
Para los edificios, se ha establecido un objetivo indicativo, que las energías renovables deberán representar una proporción mínima del 49 %, y se ha fijado un incremento medio anual del 1,1% para la utilización de energías renovables en la industria.
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