Aplicable a empresas de la UE y matrices de fuera de la UE con más de 450 millones de euros de facturación

Las compañías deben crear un plan de transición que cumpla el Acuerdo de París

Las empresas serán responsables de los daños y podrán recibir multas por incumplimiento

El Parlamento Europeo ha aprobado la Directiva sobre Diligencia Debida en materia de Sostenibilidad, con 374 votos a favor, 235 en contra y 19 abstenciones. La nueva Directiva de "diligencia debida", acordada con el Consejo, exige a las empresas y a sus socios, incluidos el suministro, la producción y la distribución, que eviten, pongan fin o mitiguen su impacto adverso sobre los derechos humanos y el medio ambiente. Este impacto incluirá la esclavitud, el trabajo infantil, la explotación laboral, la pérdida de biodiversidad, la contaminación o la destrucción del patrimonio natural.

Enfoque basado en el riesgo y plan de transición


Las normas se aplicarán a las empresas de la UE y a las empresas matrices con más de 1.000 empleados y una facturación mundial superior a 450 millones de euros. También se aplicará a las empresas con acuerdos de franquicia o licencia en la UE que garanticen una identidad corporativa común con un volumen de negocios mundial superior a 80 millones de euros si al menos 22,5 millones de euros se generaron mediante cánones.

También estarán cubiertas las empresas no pertenecientes a la UE, las empresas matrices y las empresas con acuerdos de franquicia o licencia en la UE que alcancen los mismos umbrales de volumen de negocios en la UE. Estas empresas tendrán que integrar la diligencia debida en sus políticas, realizar las inversiones correspondientes y pedir garantías contractuales a sus socios.

Las empresas también tendrán que adoptar un plan de transición para que su modelo de negocio sea compatible con el límite de calentamiento global de 1,5 ºC del Acuerdo de París.

Multas e indemnización a las víctimas


Los Estados miembros deberán facilitar a las empresas información detallada en línea sobre sus obligaciones en materia de diligencia debida a través de portales prácticos que contengan las orientaciones de la Comisión. También crearán o designarán una autoridad de supervisión para investigar e imponer sanciones a las empresas incumplidoras. Éstas incluirán multas de hasta el 5% del volumen de negocios neto mundial de las empresas. Las empresas serán responsables de los daños causados por el incumplimiento de sus obligaciones de diligencia debida y tendrán que indemnizar íntegramente a sus víctimas.

Previsión de futuro

Ahora la Directiva debe ser aprobada formalmente por el Consejo, firmada y publicada en el Diario Oficial de la UE. Entrará en vigor veinte días después. Los Estados miembros tendrán dos años para incorporar las nuevas normas a sus legislaciones nacionales.

Las nuevas normas (salvo las obligaciones de comunicación) se aplicarán gradualmente a las empresas de la UE (y a las de fuera de la UE que alcancen los mismos umbrales de volumen de negocios en la UE):

  • A partir de 2027 a las empresas con más de 5.000 empleados y un volumen de negocios mundial superior a 1.500 millones de euros;
  • A partir de 2028 a las empresas con más de 3.000 empleados y un volumen de negocios mundial de 900 millones de euros;
  • A partir de 2029, a todas las demás empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la directiva (incluidas las que tengan más de 1.000 empleados y un volumen de negocios mundial superior a 450 millones de euros).

Antecedentes

El Parlamento ha pedido en reiteradas ocasiones una mayor responsabilidad corporativa y que la legislación sobre diligencia debida sea obligatoria. La propuesta de la Comisión presentada el 23 de febrero de 2022 complementa otros actos legislativos existentes y futuros, como el Reglamento sobre la deforestación, el Reglamento sobre minerales de guerra y el Reglamento por el que se prohíben los productos fabricados con trabajo forzoso.


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