La Comisión Nacional de Energía de España fue el ente regulador de los sistemas energéticos entre 1951 y 2013, año en el que se integró en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)
Deberá estar plenamente constituida y operativa en un plazo máximo de cuatro meses desde la aprobación de la Ley de creación
El Anteproyecto de ley también prevé la creación del Fondo para la Gestión Económico-Financiera de las Liquidaciones del Sector Eléctrico y del Sector del Gas
El Consejo de Ministros ha acordado en su reunión de este del 20 de febrero iniciar la tramitación legislativa para recuperar la Comisión Nacional de la Energía como autoridad regulatoria independiente en materia energética.
La vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, ha explicado en la rueda de prensa posterior a la reunión que el objetivo es restablecer este organismo tal y como existía ante de la fusión, en el año 2013, de todos los reguladores en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
La Comisión Nacional de Energía de España, también llamada Comisión del Sistema Eléctrico Nacional o Comisión Nacional del Sistema Eléctrico, fue el ente regulador de los sistemas energéticos entre 1951 y 2013, año en el que se integró en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
Ribera, de la que dependerá directamente el nuevo organismo, ha indicado que la Comisión Nacional de la Energía incrementará su especialización y su ámbito de actuación ante la profunda transformación de los mercados energéticos, de hecho se prevé que su trabajo pueda ser un refuerzo a la labor de inspección a las compañías energéticas. Además de ocuparse del correcto funcionamiento de los mercados y la libre competencia, este organismo incorporará el objetivo de la descarbonización.
La Comisión Nacional de la Energía tendrá las siguientes funciones:
- de supervisión y control de los mercados eléctrico, de hidrocarburos líquidos, de gas natural, de hidrógeno verde y otros gases renovables.
- regulatorias, la función consultiva que ahora desempeña la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia,
- de asesoramiento y resolución de los conflictos que se puedan producir entre operadores y funciones de inspección y sanción.
Plazos
La nueva entidad deberá estar constituida y estar plenamente operativa en un plazo de cuatro meses después de la aprobación de la ley, cuyo anteproyecto, analizado hoy, saldrá a audiencia e información pública y tendrá que volver al Consejo de Ministros para su remisión como proyecto de ley a las Cortes.
Además, el anteproyecto de ley prevé también la creación del Fondo para la Gestión Económico-Financiera de las Liquidaciones del Sector Eléctrico y del Sector del Gas para facilitar la transparencia y la gestión de los flujos económicos que proceden de las actividades reguladas que aparecen en las facturas de los consumidores.
La Comisión estará compuesta por un Consejo de siete miembros, incluyendo al presidente y al vicepresidente, con un mandato de seis años.
En su momento el Gobierno decidirá la ubicación de la nueva Comisión Nacional de la Energía, aunque en los primeros borradores se hacía referencia a Madrid como sede. Sin embargo, esa mención se ha retirado de los últimos documentos que se manejan.
Sistema de comercio de derechos de emisión
El Gobierno también ha estudiado otro anteproyecto de ley tiene como finalidad incorporar a la legislación nacional las modificaciones del sistema de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero que viene aplicándose en el conjunto de la Unión Europea desde hace casi 20 años. Su objetivo sería lograr una reducción de emisiones del 55% en el conjunto de la Unión antes del año 2030.
Para ello, se actualizará la hoja de ruta de reducción de emisiones para el conjunto de los sectores implicados.
En concreto, los sectores industriales que quieran colocar productos procedentes de terceros países en el mercado europeo podrán hacerlo, pero deberán demostrar que han sido producidos con los mismos controles de emisión de gases de efecto invernadero que tiene Europa.
Además, los proveedores energéticos de movilidad terrestre y de edificios deberán monitorizar la intensidad de gases de efecto invernadero del servicio energético que proporcionen a partir de los años 2027 o 2028.